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Actividades molestas en una Comunidad de Propietarios en Madrid

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Hay ocasiones en las que la convivencia pacífica en una comunidad de propietarios puede resultar un auténtico desafío, especialmente cuando surgen situaciones que generan molestias y crean conflictos entre los vecinos. Abordaremos en el siguiente texto un caso particular de actividades molestas: los humos y olores que emanan de la terraza de un bar local. A través de un análisis de rápida comprensión para el lector, exploraremos cómo influye la licencia de hostelería, la ventilación inadecuada, la aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal y las posibles soluciones a este problema que afecta a la armonía diaria de la comunidad.

Actividades molestas: humos, olores. Vecinos molestos por humo de porros fumados en terraza del bar-local

El ejercicio de actividad hostelería menor, precisa de la licencia municipal oportuna para el desarrollo de la actividad descrita, pero en el local-bar sito en planta baja del edificio en régimen de Propiedad Horizontal, en Madrid, resultó que no disponía de salida de humos, vahos y olores al exterior, realizándose la ventilación directamente por las puertas de entrada, circunstancia que hacía incomodo la estancia a los comensales por lo que en época de verano las comidas, cenas se servían en el exterior, en la zona de terrazas.

Dado que el edificio se halla ubicado en el lugar de residencia de personas de nacionalidad holandesa, habituados al consumo del cannabis sin prohibición alguna en su país de origen, la proliferación del consumo de esta sustancia entre plato y plato, que se incrementaba tras la finalización de los postres, hacía la vida imposible a los propietarios de viviendas ubicadas en planta primera y segunda, que tenían que soportar doblemente, los humos de la cocina y el humo de los cigarros caseros de los comensales, y ello llego hasta tal punto que la suma de olores desembocó desde la legalidad vigente, en manifiesto supuesto de actividades molestas, insalubres como nocivas, si tenemos en cuenta la edad avanzada de los fumadores pasivos.

La licencia de hostelería menor y la ventilación deficiente

El ejercicio de la actividad de hostelería menor en un local-bar requiere la obtención de una licencia municipal adecuada. Sin embargo, y pese a tener licencia en regla, en el caso de un establecimiento ubicado en la planta baja de un edificio en régimen de Propiedad Horizontal en Madrid, surgió un problema relacionado con la ventilación. El local carecía de una salida de humos, lo que resultaba en la incomodidad de los comensales. Para remediar esta situación, las comidas y cenas se servían en la terraza, lo que, a su vez, desencadenó un nuevo problema de actividades molestas que afectaba a los vecinos de una comunidad de propietarios.

La Comunidad de Propietarios y la Ley de Propiedad Horizontal

El edificio en cuestión se encontraba en una zona residencial habitada por personas de nacionalidad holandesa. Esta comunidad está acostumbrada al consumo de cannabis, ya que no está prohibido en su país de origen. La proliferación de este consumo en la terraza del local habilitado como bar, especialmente después de las comidas, se convirtió en una fuente de conflictos. Los propietarios de viviendas en la planta primera y segunda tenían que soportar las actividades molestas derivadas de los humos de la cocina y el humo de los cigarros caseros de los comensales.

Esta situación llegó a un punto en el que la combinación de olores emanados se consideró una actividad molesta, insalubre y nociva, especialmente teniendo en cuenta la edad avanzada de los fumadores pasivos.

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Impugnación de actas y medidas adoptadas

Ante esta situación, los propietarios de las viviendas afectadas se vieron en la necesidad de tomar medidas. La Ley de Propiedad Horizontal ofrece la posibilidad de impugnar las decisiones de la comunidad que sean contrarias a la normativa o generen molestias.

En este caso, se planteó la impugnación de las actas de la comunidad de propietarios donde se permitieron en su día las actividades relacionadas del local en cuestión. Las reuniones de la comunidad se convirtieron en el escenario para debatir y tomar decisiones al respecto. Obviamente, los acuerdos a los que se referían las reuniones anteriores, recogidas en las actas correspondientes, nada decían del humo emanado de los porros de unos comensales, por lo que una impugnación de dichas actas carecía de sentido.

Consecuencias legales y soluciones

Las consecuencias legales de las actividades molestas pueden ser significativas. En este caso, la comunidad de propietarios, tras evaluar la situación y escuchar a todas las partes involucradas, decidió tomar medidas para abordar el problema. Estas medidas incluyeron la solicitud al local-bar para implementar una solución de ventilación adecuada y redujera las molestias generadas por el humo.

Si el local-bar no cumplía con las medidas requeridas, podrían enfrentarse a sanciones y a la revocación de su licencia de hostelería, lo que podría afectar gravemente su negocio.

Conclusión: coexistencia armoniosa en la comunidad

En un entorno de propiedad horizontal, es esencial mantener un equilibrio y respeto mutuo entre los propietarios y los negocios locales. Las actividades molestas, como los humos y olores, pueden ser motivo de conflicto y deben abordarse de manera adecuada, siguiendo las directrices que marca la Ley de Propiedad Horizontal y buscando soluciones que permitan una coexistencia pacífica y poco conflictiva en la comunidad de vecinos.

En resumen, es muy importante para los propietarios y los dueños de negocios locales comprender sus derechos y responsabilidades, así como estar dispuestos a buscar soluciones que eviten futuras querellas y mantengan un ambiente pacífico en la comunidad. La convivencia en una comunidad de propietarios es un compromiso que requiere la colaboración de todos para garantizar la coexistencia equilibrada de todos sus componentes.

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