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Comunidad de Propietarios: el portal

Promotor: se reserva uso de zona de portal: Si tal reserva de uso que practica el promotor-vendedor figura en la Escritura de División del Edificio en Propiedad Horizontal, pero se procede después a su venta a una tercera persona por el promotor, es evidente que tal ventaja especial queda sin efecto.

En todo caso hay que resaltar que tal reserva que se atribuye el Promotor no tiene aplicación con arreglo a la vigente Ley de Propiedad Horizontal, sobre todo si el uso de zona de portal no está vinculado a ninguna propiedad, por lo que es legitimo pedir la anulación de dicha ventaja en base al contenido de la Disposición Final de la L.P.H.

 

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