ELEMENTOS COMUNES: CIMENTACIONES, MUROS, FACHADAS Y ESTRUCTURAS: para unir dos viviendas sitas en una misma planta, es necesario el consentimiento unánime de la Comunidad de Propietarios al afectar dicha unión a la estructura del edificio y como tal es un elemento común sometido además a una protección especial o más intensa al afectar a la estabilidad y la integridad del inmueble.