Reclamación contra una comunidad por otra Comunidad de Propietarios: Si una Comunidad tiene un derecho de uso sobre las zonas de jardín y piscina de otra Comunidad e incumple con su obligación de participar en los gastos que se producen en el mantenimiento de las mismas, la reclamación de las cantidades adeudadas deberá efectuarse por la vía judicial, en el proceso declarativo oportuno, verbal o ordinario en virtud de la cantidad a reclamar, todo ello porque la acción no se está ejerciendo contra uno de los propietarios o comuneros, sino contra la Comunidad de Propietarios.