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Derecho de indemnización por daños causados

Indemnización por daños

La Comunidad de Propietarios tiene que distinguir entre daños en elementos privativos, piso o local, en los cuales la conformidad por la indemnización debe ser decidida de forma individual, firmando el propietario afectado el conforme o bien rechazando el importe ofrecido por la compañía de seguros.

En caso de daños y perjuicios en elementos comunes de la Comunidad de Propietarios, para su aceptación basta el voto de la mayoría de la Junta de Propietarios aprobando la indemnización, dado que es un supuesto de los comprendidos en la regla tercera del art. 17 L.P.H. por lo que no se precisa unanimidad o mayoría cualificada.

 

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