Comunidad de Propietarios con dos o más portales
La única manera de comprobar si estamos ante una Comunidad única por cada bloque, donde todos ellos forman un conjunto inmobiliario, es ver el Título Constitutivo y observar si el coeficiente asignado a cada piso o local es cien centésimas (100%), como dispone la Ley de Propiedad Horizontal en relación al propio bloque o a la Comunidad de Propietarios general.
En todo caso existirán tantos Libros de Actas y Juntas como Comunidades de Propietarios se hayan constituido, por lo que si en definitiva existe una sola Comunidad, nos encontraremos con un solo Libro y una sola Junta de Propietarios.
Más información: https://comunidadpropietarios.org/abogados-madrid/comunidad-de-propietarios-con-varios-portales/