Servidumbres que tiene que tolerar el propietario
Dado que todo propietario sobre su vivienda tiene un derecho de propiedad, se precisa de su consentimiento para el establecimiento de una servidumbre, entendiendo por esta, aquella que se precise para la creación de servicios comunes de interés general. Por lo tanto, quedarían excluidas aquellas servidumbres que se quieran imponer y busquen una finalidad distinta a satisfacer el interés general de la Comunidad de Propietarios.
Las servidumbres más frecuentes que tiene que tolerar un propietario son las de paso que es una modalidad de servidumbre legal, que como tal se puede imponer por la Comunidad de Propietarios con carácter forzoso o coactivo, previa indemnización, quedando descartadas la intención de imponer al propietario una servidumbre de naturaleza voluntaria.