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Las obras de conservación en Comunidad de Propietarios

Obras de conservación

Conforme a la L.P.H., cada propietario esta obligado a mantener su vivienda en buen estado de conservación, y por obras de conservación, en sentido amplio, se entiende las reparaciones necesarias como son las evitar fugas en las instalaciones, cubrir grietas en las paredes, etc.

Como ha reiterado nuestra Jurisprudencia, el mantenimiento y limpieza de la terraza es obligación de su propietario, y entre las labores de limpieza se incluyen la retirada de los desconchados de la fachada o de la terraza, sin perjuicio que su deficiente estado se atribuya o se impute a la Comunidad de Propietarios.

Es probable, por lo expuesto anteriormente, que la Comunidad alegue que no responde de los daños causados procedentes de terraza superior, acreditando que la causa de los daños fueron por el mal estado de conservación y mantenimiento de la terraza por su propietario.

 

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