Obras de conservación
Conforme la Ley de Propiedad Horizontal, cada propietario esta obligado a mantener su vivienda en buen estado de conservación, y por obras de conservación, en sentido amplio, se entienden las reparaciones necesarias como son las evitar fugas en las instalaciones o cubrir grietas en las paredes.
Como ha reiterado nuestra Jurisprudencia, el mantenimiento y limpieza de la terraza es obligación de su propietario, y entre las labores de limpieza se incluyen la retirada de los desconchados de la fachada o de la propia terraza, sin perjuicio que su deficiente estado se atribuya o se impute a la Comunidad de Propietarios.
Es posible y está en su derecho la Comunidad, que pueda alegar no responder de los daños causados procedentes de terraza superior, acreditando que la causa de los daños fueron por el mal estado de conservación y mantenimiento de la terraza por parte de su propietario.