ADMINISTRADOR DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS: ACTOS NEGLIGENTES.: INFORME JURIDICO DIRIGIDO AL ADMINISTRADOR:
AUSENCIA EFECTIVA ACREDITACION SOPORTE DOCUMENTAL PROBATORIO DE GASTOS DE LA COMUNIDAD; AUSENCIA LEGITIMACION NUEVA UBICACIÓN CUBOS BASURA; AUSENCIA DE LEGITIMACION DE SUPRESION PUERTA ENTRADA PATIO.
ANTECEDENTES:
Que habiendo sido requerido el despacho de abogados para la elaboración del presente Dictamen Jurídico, por la titular dominical de la vivienda sita en calle….., Planta…., Dña….., el mismo tiene como finalidad, con arreglo a su destinatario, usted, en calidad de Administrador de la Comunidad de Propietarios calle ….solventar la situación o controversia mediante el consenso o concierto de voluntades entre las partes afectadas, con un fin único: evitar la vía judicial para reclamar todas y cada una de las pretensiones descritas en el apartado, anteriormente calificado de: Hechos.
Que, en consecuencia, el presente Informe, responde a la finalidad de recordarle su forma de actuar, como órgano de gobierno en calidad de Administrador, para que sin dilación justifique documentalmente sus quehaceres en interés evidente de la Comunidad, con el fin jurídico y racional de concluir, con objetividad, su diligente actuación, y con ello constatar ausencia efectiva de presupuestos que no nos invite iniciar simultáneamente la acción judicial penal, y civil, más idónea para el logro de los fines, que a continuación se le describen:
PRIMERO.-
Que por su condición de mandatario, fruto de ejercer como Administrador de la Comunidad, ostenta una serie de obligaciones en lo concerniente a la Documentación comunitaria, como igualmente en la Llevanza, ordenada, justa y equilibrada de Cuentas, Ingresos y Gastos Comunitarios.
Por ello por el presente escrito, le instamos nos remita la justificación documental de partidas de gastos comunitarios correspondientes al año …., …, como la justificación documental detallada de la cantidad abonada por mi patrocinada, Dña. …., por importe de treinta mil seiscientos euros (30.600,00 €).
Que como a bien puede apreciar, no existe voluntad de impugnar actas que aprueban las cuentas anuales o partidas presupuestarias, sino de encauzar, el presente informe en su actuación desempeñada;
Causa-efecto que lo que estamos requiriéndole, es su obligación de hacer, concretada en la aportación o exhibición documental que corrobore una llevanza justa de las Cuentas, en sus partidas respectivas.
En consecuencia le invitamos que en el plazo más breve posible nos facilite, conforme su condición de mandatario de la Comunidad, la siguiente documental para que de ella tenga conocimiento mi patrocinada por su condición de comunera:
EXHIBICIÓN DE EXTRACTOS de la cuenta de la Comunidad en la entidad bancaria oportuna, últimos cinco años, …-…. inclusive, para determinar el equilibrio de ingresos practicados por los comuneros, y que su extracción corresponde a concepto/os concretos y justificados. Exhibición del documento acreditativo de pago, nominal, que identifique al destinatario de la cantidad, aportando la oportuna factura, recibí, con el fin que cuando éste destinatario sea requerido aporte el documento de su relación con la Comunidad.
Documento que constate que toda extracción ha sido firmada simultáneamente por el Presidente y el Administrador.
Documento que de veracidad intrínseca a la cantidad desembolsada por mi patrocinada por importe de 30.600,00 euros.
Para el supuesto que no haya sido Administrador en los años descritos, es indudable que como actual administrador dispone de la documental que le solicitamos, como de los adecuados razonamientos jurídicos instados a sus sustituidos, para así, desde el primer momento, desempeñar diligentemente su cargo, máxime cuando ha desempeñado el papel de Presidente.
SEGUNDO.-
Aportación del Acta/as de la Junta de Propietarios oportuna, que refleje o deje constancia de forma fehaciente del acuerdo comunitario por el que se alteró la ubicación de los siguientes elementos: puerta instalada originalmente en la entrada del patio; cubos de basura instalados ante de llegar a la entrada del patio.
Que de no ser así, se procederá a la restitución de la situación a su estado primitivo, en primer lugar vía extrajudicial, por lo que afectos de no perder el tiempo, el presente escrito le invita al consenso para solventarlo;
Que en caso de resultar infructuoso lo esgrimido en el párrafo anterior se iniciará la vía judicial civil por ausencia de legitimación para alterar unilateralmente la ubicación de la puerta entrada patio, y cubos de basura.
TERCERO.-
Que la falta de aportación de la suma de sus Obligaciones de Hacer, igualmente descritas en el expositivo Primero, en tiempo razonablemente prudente, dará lugar al inició, agotados los mecanismos procesales que habilita la Ley, la apertura de acción penal, al darse los elementos de idoneidad objetivos y subjetivos para proteger el mismo bien jurídico: los derechos legítimos que por Ley le asisten a mi patrocinada, probando en su momento la suma de conductas típicas para el desarrollo de la más adecuada Figura Penal imputable, sin perjuicio de acción conjunta: Bien Estafa, art. 248 C. Penal; Bien Corrupción entre Particulares art. 286 bis C. Penal; Bien Delitos por Daños art. 263 C. Penal; Bien Delito por Administración Desleal.
Que hasta la fecha, concurren los elementos de los delitos descritos, al ser los mismos delitos de resultado, que ante la falta de justificación documental idónea, constituyen un manifiesto perjuicio económico plenamente evaluable para mi patrocinada.
Es por ello nuestra insistencia de la documental requerida para tener voluntad cierta y fáctica que no se ha incurrido en gestión desleal ni en disposición fraudulenta de las cuotas que preceptivamente satisfacen los propietarios por su posición jurídica de comuneros, para hacer frente a los gastos ordinarios como extraordinarios de la Comunidad, verificados en documento habilitado, Acta, y lograr el convencimiento que no ha habido disposición arbitraria de las cantidades depositadas en la cuenta bancaria a nombre de la Comunidad, cuya extracción compete solidariamente a quien desempeña el cargo de Administrador y Presidente.
Que a efectos de su actuación diligente como sujeto que desempeña el cargo de Administrador, si es tan amable constatar vía documental que se encuentra facultado para desempeñar la función de Administrador de una Comunidad de Propietarios, bien porque es Administrador Profesional, bien porque es Letrado en Ejercicio.
Que el presente escrito no tiene un fin intimidatorio, sino de poner sobre el papel y recordar, sus obligaciones como Administrador, y sus deberes para los comuneros, circunstancia de invitarle, al hallarnos en un área que opera en relaciones de derechos privado, a solventar la controversia por el acuerdo de voluntades, rogándole que nuestra voluntad consensuada no sea interpretada como voluntad debilitada.