Espacio común: su uso: No puede olvidarse que lo que se acuerda en la Junta de Propietarios es lo que cuenta, bastando el acuerdo de la mayoría para que un espacio o cuarto de naturaleza común se destine a depósito individuales, porque se trataría de un acto de mera administración decidir como se va a utilizar.
Pero la Comunidad de Propietarios tiene que valorar si no hay espacio para todos, en cuyo caso sería absurdo dar permiso general de acceso, pues planteará en el futuro más problemas que soluciones, dado que el simple uso no tiene nada que ver con el coeficiente.
En consecuencia debe ser la Junta la que debe decidir y todos los comuneros aceptar, y si hay algún disidente, tiene la vía de la impugnación judicial del acuerdo conformado en acta.