Garajes: participación en gastos de fachada
Dado que la fachada y las ventanas de la edificación son elementos comunes, salvo que en el Título Constitutivo o en la Escritura de División de Propiedad Horizontal se determine otra cosa, toda obra que afecte a los elementos comunes deben ser sufragados por todos los propietarios en proporción a su cuota de participación. Así, los garajes no pueden eximirse de participar en dichos gastos por entender o considerar que no les afecta, al tratarse de obras realizadas sobre elementos comunes, respecto de los cuales tienen fijado su propio coeficiente.
Pueden ampliar la información en el siguiente artículo: Debate sobre contribución de los garajes en los gastos comunitarios.